Categorías de la condecoración del reciclador. El título honorífico “condecoración del reciclador” se otorgará en las siguientes categorías:
Categoría de industria. Modalidad que comprende a las personas jurídicas dedicadas a actividad manufacturera que cuentan con un programa permanente de recuperación y/o reciclaje de residuos.
Categoría de investigador. Modalidad que comprende a las personas naturales o jurídicas que se dedican a la investigación sobre recuperación y/o reciclaje.
Categoría de organizaciones de recicladores. Modalidad que comprende a las personas jurídicas con fines sociales, ambientales y económicos que a partir de la recuperación y/o reciclaje, contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida de los recicladores.
Categoría de reciclador. Modalidad que comprende a las personas naturales no incluidas en las categorías anteriores que realizan actividades permanentes de recuperación y/o reciclaje en el país.
Categoría de prestador del servicio público de aseo. Modalidad que comprende a las personas encargadas de realizar una o varias actividades de la prestación del servicio público domiciliario de aseo, en los términos definidos en la Ley 142 de 1994, quienes en desarrollo de dichas actividades promuevan o realicen programas de recuperación y/o reciclaje de residuos en el área de prestación del respectivo servicio.
(Decreto 2395 de 2000 artículo 3°)