Ley 2 de 1945 · Por la cual se organiza la carrera de Oficiales del Ejército, se señalan prestaciones sociales para los empleados civiles del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones sobre prestaciones sociales a los individuos de tropa
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Autorizase al ministerio de guerra para organizar, desarrollar y reglamentar la caja de previsión social para los empleados civiles de las fuerzas militares, con las cuotas que los mismos empleados consignen y los aportes nacionales.
Disposiciones Complementarias
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.