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Artículo 8

Funciones De La Oficina Asesora De Planeación

Decreto 2120 de 2018 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones de la Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes

1.

Asesorar al Ministerio, a las demás dependencias y a las entidades que integran el sector en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos orientados al cumplimiento de objetivos institucionales y del sector.

2.

Realizar seguimiento y control a la ejecución de las políticas y al cumplimiento de las metas de los planes, programas y proyectos del Ministerio y del Sector Cultura.

3.

Presentar al Banco de Proyectos de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación los proyectos a incluir en el Plan Operativo Anual de Inversiones, tanto del Ministerio como de las entidades del Sector.

4.

Preparar, consolidar y presentar, en coordinación con la Secretaría General, y de acuerdo con las directrices que impartan el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministro, el anteproyecto de presupuesto, así como la programación presupuestal plurianual del Ministerio y de las entidades del Sector.

5.

Apoyar a la Secretaría General en el seguimiento a la ejecución presupuestal de los proyectos de inversión de la entidad.

6.

Viabilizar las modificaciones presupuestales ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, en coordinación con la Secretaría General.

7.

Coordinar y orientar la elaboración de los planes, programas y proyectos de inversión y de funcionamiento del Ministerio, así como realizar su seguimiento, evaluación y actualización, en coordinación con las demás dependencias.

8.

Dirigir la gestión, implementación, desarrollo e integración de los sistemas de gestión del Ministerio para el eficiente desarrollo de la gestión institucional.

9.

Establecer conjuntamente con las dependencias del Ministerio, los índices y los indicadores necesarios para garantizar un adecuado control de gestión a los planes y actividades de la Entidad.

10.

Estructurar los informes relacionados con los avances y resultados de la estrategia institucional, los planes, programas y proyectos, de acuerdo con requerimientos y normas.

11.

Estructurar, conjuntamente con las demás dependencias del Ministerio y entidades del Sector, los informes de gestión y rendición de a la ciudadanía y someterlos a aprobación del Ministro.

12.

Asesorar y coordinar la planeación, implementación y seguimiento de las políticas de desarrollo administrativo, atendiendo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

13.

Diseñar y actualizar el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, para la aprobación del Ministro y coordinar su implementación.

14.

Ejercer la Secretaría Técnica del Comité de Gestión y Desempeño Institucional y Sectorial.

15.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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