Micelio

Artículo 13

Los Docentes Al Servicio Del Ministerio De Educación Nacional Que Deban Adelantar Cursos De Capacitación Para Ascenso, Sin Período De Vacaciones, Recibirán Una Beca Consistente En El Valor De La Matrícula Siempre Y Cuando Los Aprueben

Decreto 224 de 1972 · Por el cual se señalan las asignaciones de los Rectores o Directores, Prefectos y Profesores de enseñanza primaria, secundaria y profesional normalista, al ser vicio del Ministerio de Educación Nacional y se establecen estímulos de diversa índole para los mismos funcionarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los docentes al servicio del Ministerio de Educación Nacional que deban adelantar cursos de capacitación para ascenso, sin período de vacaciones, recibirán una beca consistente en el valor de la matrícula siempre y cuando los aprueben.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 224 de 1972