Micelio

Artículo 4

Decreto 615 de 2002 · por el cual se establece la Estructura del Instituto Tecnológico del Putumayo y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Son funciones de las Unidades Académicas

1.

Asesorar a la Vicerrectoría Académica en la formulación de políticas, planes y programas académicos, de investigación y extensión y proponer los mecanismos que estimulen el desarrollo de la investigación y la extensión en la respectiva Unidad.

2.

Organizar, dirigir, controlar y evaluar los programas académicos a su cargo.

3.

Formular y coordinar la ejecución y evaluación de los planes y programas de docencia, investigación y extensión que desarrolle la Institución en la respectiva Unidad.

4.

Estructurar los planes de estudio y el diseño curricular y evaluativo de los programas académicos encomendados a la Unidad de acuerdo con las recomendaciones del Comité Curricular y de Evaluación.

5.

Atender y coordinar la prestación de los servicios docentes, los procesos de investigación y extensión de los programas académicos que le sean encomendados y coordinar el uso de los recursos que le sean asignados a la Unidad, para el desarrollo de sus actividades.

6.

Asesorar al Vicerrector Académico en el diseño de las políticas, y elaboración del Plan de Bienestar universitario del Instituto.

7.

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Consejo Directivo, Rectoría, Consejo Académico y Consejo de Unidad, en materia de docencia, investigación y extensión, en la respectiva Unidad.

8.

Colaborar con la Vicerrectoría Académica en la elaboración de los planes y programas institucionales.

9.

Convocar y presidir los Consejos de Unidad y coordinar con estos la organización y estructura de los planes de estudio y el diseño curricular y evaluativo para los programas de la Unidad.

10.

Contribuir y presentar propuestas para los programas de extensión del Instituto, en armonía con los planes y programas del Departamento del Putumayo en las áreas propias de la actividad académica del Instituto.

11.

Elaborar el calendario de actividades académicas de los respectivos programas y presentarlo a la Vicerrectoría Académica, para proponerlo al Consejo Académico.

12.

Controlar el desarrollo del calendario académico y de las actividades de los docentes y estudiantes adscritos a los programas a cargo de la respectiva Unidad. 13. apoyar las relaciones de intercambio y colaboración en las áreas de investigación y extensión, establecidas con otras instituciones de educación superior, con la integración de alumnos, docentes y comunidad atendiendo la coordinación entre Unidades y Programas. 14. Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la dependencia. 15. Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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