Micelio

Artículo 5

Ordenar La Suspensión De Operaciones Militares Y Operativos Policiales En Contra De Los Miembros De Las Farc-Ep Que Se Encuentren Dentro De Los Ppt Definidos En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Así Como En Las Rutas De Desplazamiento Hacia Estos, De Conformidad Con Lo Acordado En Los Protocolos Pertinentes De Cfhbd

Decreto 1647 de 2016 · por el cual se establecen los Puntos de Preagrupamiento Temporal como Zonas de Ubicación Temporal y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Ordenar la suspensión de operaciones militares y operativos policiales en contra de los miembros de las Farc-EP que se encuentren dentro de los PPT definidos en el artículo 1º del presente decreto, así como en las rutas de desplazamiento hacia estos, de conformidad con lo acordado en los protocolos pertinentes de CFHBD. En los PPT se mantendrá la restricción de diseñar, planear y ejecutar vuelos militares por debajo de los 5.000 pies de los niveles de vuelo. La actuación de la Fuerza Pública en las áreas aledañas a los PPT, se adaptará de manera diferencial, teniendo en cuenta sus roles, funciones y doctrina y en consideración a las condiciones y circunstancias particulares del terreno, del ambiente operacional y las necesidades del servicio, para evitar que se ponga en riesgo la implementación del CFHBD. La suspensión de operaciones militares y procedimientos policiales se hará sin perjuicio de la obligación que tiene la Fuerza Pública de cumplir con su misión constitucional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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