Divisas e insignias de Suboficiales: los Sargentos y Cabos marcarán es grado respectivo por medio de jinetas en forma de ángulo agudo, las que se llevarán sobre ambos brazos, diez centímetros abajo de la costura de las mangas de la guerrera, blusa y capote en el hombro, con el vértice arriba y los extremos hacia uno y otro lado; tendrá quince centímetros de largo cada lado. Las de los Sargentos serán de galón de seda o de paño amarillo, de dos centímetros de ancho, sobre forros de paño formando vivos del color del distintivo del arma. Dos galones divididos por el centro longitudinalmente por una trencilla de seda negra, marcarán el grado de Sargento primero; un solo galón sin dividir, el de Sargento Segundo; las de los Cabos serán de paño o galón de seda rojo, marcandose los distintivos de Cabos primeros y Cabos segundos y los vivos del arma, en la misma forma que para los Sargentos.
Decreto 1040 de 1929 →Vigente
Artículo 36
Divisas E Insignias De Suboficiales: Los Sargentos Y Cabos Marcarán Es Grado Respectivo Por Medio De Jinetas En Forma De Ángulo Agudo, Las Que Se Llevarán Sobre Ambos Brazos, Diez Centímetros Abajo De La Costura De Las Mangas De La Guerrera, Blusa Y Capote En El Hombro, Con El Vértice Arriba Y Los Extremos Hacia Uno Y Otro Lado; Tendrá Quince Centímetros De Largo Cada Lado
Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.