Micelio

Artículo 4

El Gobierno Podrá, Si Lo Cinsidera Conveniente, Recoger En Cualquier Tiempo Antes De Su Vencimiento Los Pagarés Emitidos

Decreto 248 de 1951 · Por el cual se reglamenta la emisión de unos títulos de Crédito Público interno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Gobierno podrá, si lo cinsidera conveniente, recoger en cualquier tiempo antes de su vencimiento los pagarés emitidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 248 de 1951