Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley, en el Presupuesto de la próxima vigencia o en la siguiente se apropiará la partida de seis millones de pesos ($ 6.000.000.00) con destino exclusivo al pago de las líneas de transmisión y redes de distribución para la utilización de la energía eléctrica en las zonas señaladas en el artículo 1 , pudiéndose dividir esta suma en dos contados de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) cada uno pagaderos en las dos vigencias sucesivas a la sanción de la presente Ley.
Ley 102 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Ley 102 de 1963 · Por la cual se otorga una autorización y se decreta un auxilio con destino a la electrificación de unas zonas en los Departamentos del Meta y de Cundinamarca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.