Micelio

Artículo 54

El Almacenaje Y La Prima De Seguro Contra Incendio Correra Por Cuenta Del Vendedor Hasta La Fecha De La Adjudicacion

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 54. El almacenaje y la prima de seguro contra incendio correra por cuenta del vendedor hasta la fecha de la adjudicacion. A cargo del vendedor se harn todos los gastos de transporte al local de la venta, la exposicion entraga de muestras pesados y demas relativos, serna por cuenta del comprador todos los gastos que se originen depues de la venta asumiendo este todas las obligaciones inherentes a los depositantes de mercancias en Zona franca de acuerdo con lo establecido con el presente reglamento La Zona no sera responsable por los daños ocultos y no declarados que pudiera tener la mercancia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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