Micelio

Artículo 2

Decreto 2279 de 1959 · Por el cual se reglamenta la ley 96 de 1958

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Segundo. El Instituto de Crédito Territorial presentará al Ministerio de Obras Públicas los planes que a su juicio deban seguirse en la construcción de las viviendas en las diversas poblaciones a que se refiere la Ley materia de esta reglamentación. Con tales planes deberán determinarse los presupuestos aproximados y las especificaciones de cada tipo de vivienda y las obras complementarias a que hubiera lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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