Micelio

Artículo 20

Pago De Prima, Instalación Y Pasajes Por Destinación O Traslado

Decreto 1584 de 1976 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2340 de 1971, reorgánico de la Carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pago de prima, instalación y pasajes por destinación o traslado. Para los efectos previstos en el artículo 23 del Decreto-ley 2340 de 1971, habrá lugar al pago de la prima de instalación y pasajes, cuando la destinación e traslado se haga de un Departamento a otro, a una Intendencia o Comisaría, o viceversa, o el causado de una intendencia o comisaría a otra.

Parágrafo 1

Es entendido que la Dirección General, los Institutos docentes y las demás unidades que no dependan orgánicamente de un Departamento de Policía, para el discernimiento de la prima de instalación quedan comprendidas dentro de la jurisdicción del respectivo Departamento, Intendencia o Comisaría en la cual tengan su sede.

Parágrafo 2

No habrá derecho a la prima de instalación cuando el traslado se ordene a sus unidades adscritas para efectos de control operacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1584 de 1976