Micelio

Artículo 8

Autorización De Inscripción

Decreto 1657 de 1988 · por medio del cual se modifica el régimen aduanero, en materia procesal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorización de inscripción. El Director General de Aduanas autorizará la inscripción a quienes pretendan realizar actuaciones de intermediación aduanera, previo estudio de la documentación que acompañe la solicitud respectiva. Toda autorización deberá tomar en consideración las calidades del solicitante, las necesidades del servicio aduanero y la dinámica del comercio exterior del país, con arreglo a lo dispuesto en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1657 de 1988