Micelio

Artículo 18

Decreto 4222 de 2006 · por el cual se modifica parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Inspección General. La Inspección General tendrá las siguientes funciones

1.

Coordinar la ejecución de la Política Institucional en materia de investigación disciplinaria y ejecución de las sanciones en la Policía Nacional.

2.

Ejercer las atribuciones disciplinarias en la Institución de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales.

3.

Recibir, analizar y tramitar las quejas, informes y reclamos que la ciudadanía y las autoridades formulen al funcionamiento de la Policía Nacional, así como, proponer procedimientos para darles un curso adecuado.

4.

Presentar a consideración del Director General de la Policía Nacional de Colombia, programas y proyectos que fomenten la conducta ética y permitan direccionar el comportamiento de los integrantes de la Institución.

5.

Asesorar al Director General de la Policía Nacional de Colombia en la formulación de las políticas de capacitación, protección, difusión, respeto y defensa de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, en el marco de la Normatividad Nacional e Internacional sobre la materia.

6.

Promover la cultura del respeto, la defensa y la observancia de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en la Policía Nacional.

7.

Elaborar el estudio de las conductas al margen de la ley del personal de la Policía Nacional que afecten la ética y la moral institucional, para promover programas de mejoramiento.

8.

Garantizar a los ciudadanos la existencia de mecanismos de participación, recepción de quejas, solución de conflictos, vigilancia y veeduría sobre la forma de prestación del servicio de policía.

9.

Coordinar con los Organismos de Control del Estado, los apoyos que se requieran en el ejercicio de sus funciones y que tengan relación con el Control Disciplinario Interno del personal uniformado de la Policía Nacional.

10.

Ejercer vigilancia, control y seguimiento de las actuaciones disciplinarias que se adelanten al personal uniformado de la Institución.

11.

Coordinar con la Dirección de la Justicia Penal Militar del Ministerio de Defensa Nacional, los aspectos administrativos del personal de la institución adscrito a dicha Dirección.

12.

Promover y fomentar la cultura de la legalidad y moralidad pública en la Policía Nacional.

13.

Desarrollar la Política y Objetivos de Calidad de la Policía Nacional.

14.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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