Artículo séptimo . El Tribunal que ha de calificar los anteriores ejercicios, seleccionará el número exacto de aspirantes que fije el Ministerio de Educación en cada convocatoria. Los maestros así seleccionados tendrán derecho a la reserva de sus plazas con el sueldo correspondiente y a la percepción de un subsidio mensual de trescientos pesos ($300.00).
Decreto 208 de 1957 →Vigente
Artículo 7
Decreto 208 de 1957 · Por el cual se crea un Instituto de Formación de Supervisores Escolares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.