Micelio

Artículo 22

Ley 78 de 1989 · por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, una capitalización y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Previo al acuerdo de modificaciones por concepto de nuevos plazos, ampliación o reducción de los mismos, para el cumplimiento de las obligaciones de los contratos celebrados en desarrollo del Título XVII y el Decreto- ley 222 de 1983 y del Decreto 1050 de 1955, las entidades públicas deberán enviar solicitud de autorización al Ministerio de Hacienda - Dirección General de Crédito Público - acompañada de las condiciones financieras propuestas y la correspondiente justificación económica.

El Ministerio de Hacienda aprobará cada solicitud de modificación mediante resolución ministerial, para lo cual, solicitará el concepto del Departamento Nacional de Planeación o de la Junta Monetaria, cuando estas entidades hayan participado en el trámite de gestiones del contrato original y los efectos de las modificaciones así lo requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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