Personas naturales sujetas a la deducción y retención como mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX que generen ingresos en o desde el exterior. Los sujetos que hayan accedido al mecanismo de pago contingente al ingreso para nuevas obligaciones contraídas con el ICETEX que generen ingresos en o desde el exterior, deberán efectuar el pago de la obligación conforme con los porcentajes señalados en los artículos 2.18.3.1.6. y 2.18.3.1.6.7, dependiendo de si los ingresos provienen de la prestación de servicios a través de una vinculación laboral o de manera independiente, por medio del sistema que el ICETEX establezca para ello.
TEXTO CORRESPONDIENTE A