Micelio

Artículo 1

Decreto 92 de 1909 · Por el cual se crean unos empleos en el Ramo Telegráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Créase la plaza de Oficial de recibo en cada una de las Oficinas Telegráficas de Buga y Pamplona y una plaza más de Carteo en la primera de las Oficinas mencionadas. Comuníquese y publíquese. Dado en Duitama, a 28 de Enero de 1909 R. REYES Por el Ministro de Gobierno, el de Relaciones Exteriores en comisión, FRANCISCO JOSE URRUTIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 92 de 1909