Los procedimientos de acceso al subsidio familiar de vivienda de interés social se clasifican en individuales y colectivos. Se denominan como procedimientos individuales aquéllos que permiten al beneficiario adquirir un lote urbanizado, una unidad básica de vivienda, una vivienda mínima, una vivienda usada, una vivienda productiva. Se denominan como procedimientos colectivos aquéllos que permiten al beneficiario obtener una cualesquiera de las soluciones de vivienda de interés social de que trata el Capítulo III del presente Decreto, a través de programas asociativos o dirigidos, siempre y cuando su precio no supere el equivalente a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales.
Decreto 599 de 1991 →Vigente
Artículo 38
Decreto 599 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley número 3 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.