Mantenimiento de puesto en áreas públicas. Los vendedores ambulantes y de puestos fijos localizados en áreas públicas, deberán mantener limpios los alrededores de sus puestos y tener recipientes accesibles al público para la disposición de los residuos. El control y vigilancia de esta prohibición estará a cargo de las autoridades de policía.
Decreto 605 de 1996 →Vigente
Artículo 49
Mantenimiento De Puesto En Áreas Públicas
Decreto 605 de 1996 · por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994 en relación con la prestación del servicio público domiciliario de aseo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.