º . En defensa de la garantía constituida por el fuero sindical, los cargos ocupados por empleados públicos y trabajadores oficiales que gozan de esta protección, se mantendrán temporalmente en la planta de personal hasta la fecha de la ejecutoria de la Sentencia que autoriza el levantamiento del fuero sindical o el vencimiento del término de este fuero contemplado en la Ley o en los Estatutos, fecha a partir de la cual se entenderán automáticamente suprimidos Los cargos de personal que reúnan las dos condiciones de fuero legal y retén social se mantendrán temporalmente en la planta de personal hasta la fecha cuando las dos condiciones de hecho que sustentan su estatus desaparezca.
Decreto 4320 de 2006 →Vigente
Artículo 7
Decreto 4320 de 2006 · por el cual se modifica la planta de personal de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla en Liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.