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Artículo 1

Las Funciones Propias De La Administración De Impuestos Nacionales De Girardot De La

Decreto 2029 de 1976 · Por los cuales se establecen las Plantas de Personal de las Administraciones de Impuestos Nacionales de Girardot, de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Las funciones propias de la Administración de Impuestos Nacionales de Girardot de la. Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: N° de cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico DESPACHO DEL ADMINISTRADOR 1 Administrador de Impuestos I 27 11.400 2 Abogado II 21 7.800 1 Analista/ de Administración IV 19 6.600 1 Secretario Ejecutivo III 18 6.000 1 Almacenista III 16 5.000 1 Operador de Equipa de Transmisión III 12 3.420 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 2 Oficinista IV 11 3.110 3 Auxiliar de : Servicios Generales V 9 2.570 1 Celador II 7 2.120 DIVISION DE DOCUMENTOS Sección de Secretaría, Correspondencia y Archivo. 1 Jefe de Sección V 22 8.400 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 2 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Oficinista IV 11 3.110 1 Oficinista III 9 2.570 Sección de Análisis y Crítica de Documentos. 1 Jefe de Sección V 22 8.400 1 Sustanciado IV 16 5.000 1 Sustanciado III 14 4.140 1 Oficinista V 13 3.770 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 1 Oficinista IV 11 3.110 DIVISION DÉ AUDITORIA Sección de Auditoría Interna, 1 Jefe de Sección VI 24 9.600 4 Liquidador de Impuestos IV 18 6.000 1 Revisor de Liquidación de Impuestos II 18 6.000 1 Liquidador de Impuestos III 16 5.000 1 Sustanciado III 14 4.140 1 Oficinista V 13 3.770 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 1 Auxiliar de Contabilidad II 12 3.420 1 Oficinista IV 11 3.110 3 Mecanógrafo III 10 2.830 Sección de Auditoría Externa. 1 Jefe de Sección VI 24 9.600 1 Abogado III 23 9.000 1 Auditor IV 24 9.600 3 Investigador Tributario III 19 6.600 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 1 Oficinista IV 11 3.110 1 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Oficinista III 9 2.570 DIVISION DE RECAUDO 2 Visitador de Hacienda Nacional. III 18 6.000 Sección de Cuentas Corrientes y Caja. 1 Jefe de Sección VI 24 9.600 1 Pagador IV 18 6.000 3 Cajero V 17 5.500 4 Oficinista V 13 3.770 3 Oficinista IV 11 3.110 1 Expendedor de Especies -Venales III 11 3.110 1 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Expendedor de Especies Venales II 9 2.570 Sección de Cobranzas. 1 Jefe de Sección VI 24 9.600 1 Sustanciador III 14 4.140 1 Mecanotaquígrafo III 12 3.420 1 Oficinista IV 11 3.110 1 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 2.120 Sección de Contabilidad 1 Jefe de Sección VI 24 9.600 1 Técnico en Contabilidad II 17 5.500 4 Auxiliar de Contabilidad III 14 4.140 2 Oficinista IV 11 3.110 2 Mecanógrafo III 10 2.830 RECAUDACIONES DE IMPUESTOS NACIONALES Recaudación de Impuestos Nacionales de Segunda Categoría en Fusagasugá 1 Recaudador de Impuestos VII 22 8.400 1 Cajero III 13 3.770 1 Auxiliar de Contabilidad II 12 3.420 1 Auxiliar de Contabilidad I 10 2.830 1 Mecanógrafo III 10 2.830 1 Expendedor, de Especies Venales II 9 2.570 1 Oficinista III 9 2.570 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 2.120 Recaudación de Impuestos Nacionales de Tercera Categoría en la Mesa. 1 Recaudador de Impuestos VI 21 7.800 1 Cajero II 11 3.110 1 Expendedor de Especies Venales II 9 2.570 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7 2.120 Recaudación de Impuestos Nacionales de Cuarta Categoría en El Colegio. 1 Recaudador. de Impuestos V 19 6.600 1 Cajero II 11 8.110 1 Auxiliar de. Servicios Generales V 9 2.570 Recaudación de Impuestos Nacionales de Quinta Categoría en Tocaima. 1 Recaudador. de Impuestos V 19 6.600 1 Cajero II 11 8.110 1 Auxiliar de. Servicios Generales V 9 2.570 Recaudación de Impuestos Nacionales de Quinta Categoría en Arbeláe 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de Quinta Categoría en Rafael Reyes. 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de Quinta Categoría en Viotá. 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de Quinta Categoría en Agua dé Dios. 1 Recaudador de Impuestos IV 17 5.500 1 Cajero II 11 3.110 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Anapoima. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Cabrera. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Guataquí. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Jerusalén. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Nariño. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Nilo. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos v Nacionales de Sexta Categoría en Ospina Pérez. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales- de Sexta Categoría en Pandi. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Pasca. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en San Antonio. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en San Bernardo. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Silvania 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Tena. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560 Recaudación de Impuestos Nacionales de Sexta Categoría en Tibacuy. 1 Recaudador de Impuestos III 15 4.560

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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