Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir del 1º de mayo de 1994, y deja sin efecto lo previsto en las Resoluciones 45, 46, 47 y 48 de 1991 de la Junta Monetaria y sus normas concordantes, los Decretos 846 y 2652 de 1993, el Artículo 2º. del Decreto 541 de 1994, los numerales 1º y 3º del artículo 83 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.
Decreto 673 de 1994 →Vigente
Artículo 17
Vigencia Y Derogatorias
Decreto 673 de 1994 · por el cual se dictan normas sobre el patrimonio adecuado de los establecimientos de crédito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.