Micelio

Artículo 164

Por La Sindicatura De Cada Establecimiento Se Suministrara A Los Preso Periódicamente; El Jabón Necesario Tanto Para El Lavado, Para Su Aseo Personal

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Por la sindicatura de cada Establecimiento se suministrara a los preso periódicamente; el jabón necesario tanto para el lavado, para su aseo personal. Solamente con autorización expresa de la dirección, podrán los reclusos, podrán a mandar a lavar sus ropas fuera del Establecimiento. La Dirección podrá dar licencia para que, previo arreglo entre los interesados, un recluso pueda hacerse cargo del lavado de las ropas de otros.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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