Micelio

Artículo 1

Créase En La División De Vélez De La Policía Nacional, Una Sección Con El Personal Y Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan, Para La Vigilancia Del Camino Nacional De Occidente De Boyacá: Un Agente De Primera Clase, A $ 70 Cuatro Agentes De Segunda Clase, A $ 65 Cada Uno 260

Decreto 847 de 1929 · Por el cual se crea en la Policía Nacional una Sección destinada a la vigilancia del camino nacional de occidente de Boyacá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase en la División de Vélez de la Policía Nacional, una Sección con el personal y las asignaciones mensuales que se expresan, para la vigilancia del camino nacional de occidente de Boyacá: Un Agente de primera clase, a $ 70 Cuatro Agentes de segunda clase, a $ 65 cada uno 260

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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