ARTICULO 39. Son funciones de la División de Importaciones
Estudiar y presentar a consideración de la Subdirección Operativa, los proyectos de providencias relacionadas con los regímenes de importación, cuya aplicación requiere autorización previa de la Dirección General de Aduanas;
Analizar las solicitudes y elaborar, los proyectos de providencias relacionadas con la inscripción, autorización, licencia o permisos a personas o entidades para adelantar actividades de importación que se encuentran bajo control o vigilancia de la Dirección General de Aduanas;
Resolver, conforme a las disposiciones que asignen competencias, lo relacionado con la aplicación de los regímenes de importación que requieran de autorización previa de la Dirección General de Aduanas;
Resolver, conforme a las disposiciones que asignen competencias, lo relacionado con inscripciones, autorizaciones, licencias o permisos a personas o entidades para adelantar actividades de importación que se encuentren bajo control o vigilancia o con la aplicación de los regímenes de importación en la Dirección General de Aduanas;
Resolver sobre las solicitudes de autorización de ventas, traspasos o cambio de destinación de mercancía importada con franquicia o rebaja de derechos;
Mantener un registro actualizado de las inscripciones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas por las autoridades aduaneras competentes;
Elaborar estudios analíticos y de seguimiento de las excepciones, los regímenes de importación y presentar los informes respectivos a la Subdirección Operativa;
Coordinar la divulgación y la adecuada aplicación de los regímenes de importación en las Jefaturas Regionales de Aduana, velar por la homogenización de su aplicación y de los demás asuntos de su competencia;
Elaborar, proponer, y desarrollar proyectos de normas y procedimientos pertinentes a los regímenes de importación.