º La Comisión Revisora del Arancel Aduanero tendrá a su servicio un Secretario y cinco Mecanotaquígrafas, de libre nombramiento y remoción del Gobierno Nacional, quienes devengarán asignaciones mensuales de $ 800.00 el primero. Las Mecanógrafas empleadas en la Comisión se designarás del mismo Ministerio do 'Hacienda. Además, la Comisión contará con la asesoría permanente de los siguientes funcionarios: El Director del Departamento de Arancel de la Dirección General de Aduanas, un delegado del Ministerio de Fomento, un delegado de la Oficina de Registro de Cambios, un experto en comisión, de las Naciones tenidas, y un delegado del Comité Nacional, de Planeación.
Decreto 2741 de 1956 →Vigente
Artículo 6
La Comisión Revisora Del Arancel Aduanero Tendrá A Su Servicio Un Secretario Y Cinco Mecanotaquígrafas, De Libre Nombramiento Y Remoción Del Gobierno Nacional, Quienes Devengarán Asignaciones Mensuales De $ 800
Decreto 2741 de 1956 · por el cual se crea la Comision Revisora del Arancel Aduanero y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.