Articulo 43. Los administradores de correos cuidaran de estar siempre provistos de los respectivos esqueletos de libramientos. En consecuencia, deben solicitar con anticipación al servicio de giros el subsiguiente talonario, indicando en la nota de pedido el último numero del que se halle en uso y este para terminar dicho servicio le suministrara igualmente los formularios necesarios para la rendición de las cuentas.
Decreto 2233 de 1935 →Vigente
Artículo 43
Los Administradores De Correos Cuidaran De Estar Siempre Provistos De Los Respectivos Esqueletos De Libramientos
Decreto 2233 de 1935 · Por el cual se reglamenta el Servicio de Giros Postales Internos e Internacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.