Reconocimiento de pensiones y cuotas partes . La Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, será la encargada de reconocer las cuotas partes y las pensiones de los ex trabajadores de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta, Telesantamarta S.A., ESP en liquidación, incluidas las que se hayan causado a cargo de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta Telesantamarta, ESP, en la fecha de vigencia del presente decreto y que no hubieren sido reconocidas, así como las sustituciones pensionales que se hayan causado a cargo de la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta, Telesantamarta S.A., ESP en liquidación, en la fecha de vigencia del presente decreto, en desarrollo del Convenio 08 suscrito el día 8 de abril de 2001, entre la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, hoy en liquidación y Caprecom.
La Empresa de Telecomunicaciones de Santa Marta, Telesantamarta S.A., ESP en liquidación, deberá seguir cumpliendo con el pago de pensiones mientras no se haya aprobado el cálculo actuarial del pasivo pensional y se surtan los trámites pertinentes para que la Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, asuma dicha función. Así mismo, continuará reconociendo las pensiones y las cuotas partes, hasta que Caprecom reciba conforme a lo convenido.