º Para efectos de determinar la renta exenta a que se refiere este Decreto, se entienden como ingresos provenientes de una empresa o establecimiento de los sectores industrial, comercial, agrícola, ganadero o minero, ubicados en las zonas afectadas, aquellos originados en la venta y entrega de material de bienes dentro de dichas zonas, así como los provenientes de la venta de bienes manufacturados o transformados en dichas zonas afectadas, sin consideración a su lugar de entrega.
Artículo 6
º Para Efectos De Determinar La Renta Exenta A Que Se Refiere Este Decreto, Se Entienden Como Ingresos Provenientes De Una Empresa O Establecimiento De Los Sectores Industrial, Comercial, Agrícola, Ganadero O Minero, Ubicados En Las Zonas Afectadas, Aquellos Originados En La Venta Y Entrega De Material De Bienes Dentro De Dichas Zonas, Así Como Los Provenientes De La Venta De Bienes Manufacturados O Transformados En Dichas Zonas Afectadas, Sin Consideración A Su Lugar De Entrega
Decreto 1889 de 1988 · Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 44 de 1987 y el Decreto extraordinario 3830 de 1985 y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.