Son obligaciones de los organismos adscritos al Ministerio de Comunicaciones, además de las que le señalen otras disposiciones, las siguientes
Participar en la formulación y evaluación de los planes y proyectos de desarrollo del sector de comunicaciones y ser los ejecutores de ellas en sus respectivos campos de acción;
Presentar al Ministerio de Comunicaciones los proyectos de presupuesto y planes de inversión correspondientes a su campo de acción, con anterioridad a su consideración por la respectiva Junta Directiva;
Ejecutar los programas que les correspondan dentro de los planes y proyectos aprobados para el desarrollo del sector de comunicaciones;
Cooperar entre sí para la ejecución de los programas de desarrollo;
Presentar al Ministerio de Comunicaciones informes periódicos sobre los programas cuya ejecución les corresponda, y todas las demás informaciones que les sean solicitadas. Preparar y presentar igualmente los informes que les solicite la Presidencia de la República y los que, de acuerdo con las normas vigentes, deban ser rendidos al Departamento Nacional de Planeación.