Micelio

Artículo 3

Decreto 227 de 1957 · Por el cual se cede un impuesto de valorización al Distrito Especial de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . Será de cuenta del Distrito Especial de Bogotá el pago de las zonas de terreno que la Nación haya ocupado para la construcción de la autopista al campo aéreo internacional. Los predios comprados por la Nación para el mismo fin serán vendidos al Distrito, siguiendo el procedimiento señalado en el Decreto 2977 de 1956.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 227 de 1957