Esta Ley regirá desde su sanción, y el Gobierno podré promulgarla cuando lo estime conveniente.
Ley 1 de 1898 →Vigente
Artículo 3
Ley 1 de 1898 · por la cual se concede al poder Ejecutivo autorizaciones para dar cumplimiento a una sustancia arbitral.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.