Micelio

Artículo 4

Ley 71 de 1926 · Por la cual se conmemora la fundación de la Academia Nacional de Historia y se hace una cesión a la ciudad de Bucaramanga

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

, Antonio y Aurelia Castro, que antes eran de Ramona Balsa y Antonio Castro W.; por el Oriente, mediando calle, con propiedades de la sucesión del doctor Zenón Fonseca, de Prodigo Acosta, Valentín Higuera y Rafael Quijano Gómez; por el Sur, calle de por medio, con propiedad de Tulio Tarazona, Rosalino Camacho y Francisco Sánchez, antes de Isidoro Niño, Luis Francisco Acebedo y Francisco Sánchez; por el Occidente, mediando calle, con propiedades de Vicente Dulcey y Climaco Ortiz, que antes eran de Vicente Dulcey y Ladislao Ortiz.

Parágrafo

La Municipalidad de Bucaramanga, de acuerdo la Sociedad Boliviana, organizará en la casa-quinta situada en el centro de dicho lote, un museo histórico en homenaje al Libertador, procurando en lo posible reunir en él aquellas prendas y recuerdos de la permanencia de Bolívar en la capital santandereana durante las sesiones de la Convención de Ocaña.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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