Micelio

Artículo 8

El Que Falsifique El Libro De Vuelo O Consigne En Él Una Falsedad O Calle Total O Parcialmente La Verdad, Incurrirá En El Delito De Falsedad Material En Documento Público, O En El Delito De Falsedad Ideológica En Documento Público, Según El Caso, Previstos En Los Artículos 218 Y 219 Del Código Penal, Respectivamente, Sin Perjuicio De La Aplicación De Las Disposiciones Contenidas En El Código De Justicia Penal Militar Y La Aplicación De Las Sanciones Administrativas De Competencia De La Autoridad Aeronáutica

Decreto 262 de 1988 · Por la cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El que falsifique el Libro de Vuelo o consigne en él una falsedad o calle total o parcialmente la verdad, incurrirá en el delito de falsedad material en documento público, o en el delito de falsedad ideológica en documento público, según el caso, previstos en los artículos 218 y 219 del Código Penal, respectivamente, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones contenidas en el Código de Justicia Penal Militar y la aplicación de las sanciones administrativas de competencia de la autoridad aeronáutica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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