°. Control y Vigilancia Especial de la Financiación Directa de Fertilizantes, Plaguicidas, Medicamentos Veterinarios y Productos Biológicos de Uso Pecuario. Además de las competencias relacionadas con el régimen de control de precios que le corresponden a la Superintendencia de Industria y Comercio, esta entidad ejercerá en ejercicio de las funciones previstas por el artículo 55 de la Ley 1480 de 2011, control y vigilancia especial sobre quienes otorguen de forma directa financiación a los agricultores adquirentes de los fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios y productos biológicos de uso pecuario. La Superintendencia de Industria y Comercio establecerá un canal presencial y uno electrónico a través del cual los consumidores puedan reportar los establecimientos que no estén cumpliendo con lo establecido en el presente decreto. Los respectivos reportes deberán ser enviados por la Superintendencia al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Decreto 1988 de 2013 →Vigente
Artículo 6
Control Y Vigilancia Especial De La Financiación Directa De Fertilizantes, Plaguicidas, Medicamentos Veterinarios Y Productos Biológicos De Uso Pecuario
Decreto 1988 de 2013 · por el cual se reglamenta el artículo 61 de la Ley 81 de 1988 literal a) y el artículo 6° de la Ley 101 de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.