Micelio

Artículo 18

De Los Conceptos De Otras Entidades

Decreto 2131 de 1991 · por el cual se dictan normas sobre la estructura y funcionamiento de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los conceptos de otras entidades. Cuando el Ministerio de Comercio Exterior requiera del concepto por parte de otras entidades, podrá solicitarla a éstas, quienes dispondrán para ello de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de la comunicación. Si dentro de los treinta (30) días siguientes, las entidades oficiadas no se pronuncian, el Ministerio de Comercio Exterior continuará el trámite.

Parágrafo

Admitida la solicitud de declaratoria de una Zona Franca de servicios turísticos, el Ministerio de Comercio Exterior dentro de los cinco (5) días siguientes, remitirá a la Corporación Nacional de Turismo, los estudios técnicos y financieros y el plano topográfico del área delimitada con el objeto de que la citada entidad emita concepto sobre la conveniencia del proyecto. Para la declaratoria de Zonas Francas turísticas en las cuales la Corporación Nacional de Turismo tenga participación, el Ministerio de Comercio Exterior designará un comité técnico ad-hoc, para su estudio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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