Le corresponde al Ministerio de Minas y Energía, ejercer las funciones de vigilancia y fiscalización de las exploraciones y explotaciones que se realicen en las zonas mineras indígenas.
Decreto 710 de 1990 →Vigente
Artículo 21
Le Corresponde Al Ministerio De Minas Y Energía, Ejercer Las Funciones De Vigilancia Y Fiscalización De Las Exploraciones Y Explotaciones Que Se Realicen En Las Zonas Mineras Indígenas
Decreto 710 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente el Código de Minas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.