Micelio

Artículo 37

Responsabilidad Institucional De La Política De Vivienda Rural

Decreto 1133 de 2000 · por medio del cual se reglamenta parcialmente las Leyes 49 de 1990, 3ª de 1991 y 546 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidad institucional de la política de vivienda rural . La responsabilidad de la política de vivienda rural es del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Económico. La evaluación y seguimiento se realizará a través de la Dirección General de Vivienda del Ministerio de Desarrollo Económico. El Consejo Superior de Vivienda ejercerá las funciones establecidas en la Ley 546 de 1999 respecto a la vivienda rural. La Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, ejercerá las funciones establecidas en este decreto en coordinación con las decisiones del Consejo Superior de Vivienda. Las entidades otorgantes del subsidio serán el Banco Agrario de Colombia, con base en los recursos presupuestales transferidos por el Gobierno Nacional con ese objetivo y las Cajas de Compensación Familiar con afiliados del sector rural, con base en los recursos parafiscales destinados a ese fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1133 de 2000