Micelio

Artículo 3

A Partir Del 1°de Enero De 1985 La Remuneración Mensual De Los Empleados De La Administración Postal Nacional Que El 31 De Diciembre De 1984, Se Encontraban Ubicados En El Último Período De Antigüedad Dentro De Los Distintos Grados De Las Escalas Operativa Y Técnica Ejecutiva, Respectivamente, Será La Siguiente: Curva Salarial I Curva Salarial Ii Escala Operativa Escala Tecnica Ejecutiva Grado Remuneración Mensual Grado Remuneración Mensual 1 25

Decreto 158 de 1985 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleaos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1°de enero de 1985 la remuneración mensual de los empleados de la Administración Postal Nacional que el 31 de diciembre de 1984, se encontraban ubicados en el último período de antigüedad dentro de los distintos grados de las escalas Operativa y Técnica Ejecutiva, respectivamente, será la siguiente: CURVA SALARIAL I CURVA SALARIAL II ESCALA OPERATIVA ESCALA TECNICA EJECUTIVA Grado Remuneración Mensual Grado Remuneración Mensual 1 25.641 1 44.110 2 26.307 2 48.125 3 26.751 3 52.910 4 28.583 4 57×007 5 30.359 5 61.585 6 31.802 6 66.163 7 33.990 7 70.796 8 35.640 8 73.937 9 38.995 9 78.431 10 40.975 10 82.925 11 44.495 11 87.473 12 48.180 12 91.913 13 51.040 13 96.354 14 43.505 14 100.687 15 47.410 15 105.288 16 52.525 16 101.864 17 57.062 18 62.512

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 158 de 1985