Dirección Técnica de Cuarentena . Son funciones de la Dirección Técnica de Cuarentena, las siguientes
Apoyar a la Subgerencia de Protección Fronteriza, en la formulación, preparación y desarrollo de planes, programas, proyectos y procedimientos dirigidos a la eficaz y eficiente prestación de los servicios del Instituto en materia de cuarentena agropecuaria.
Administrar y mantener el sistema de cuarentena del país: cuarentena abierta y cuarentena cerrada.
Establecer los protocolos y procedimientos para el desarrollo de cuarentenas abiertas y cerradas, tipos de tratamientos cuarentenarios y mantenerlos disponibles.
Aplicar los tratamientos cuarentenarios y los procedimientos de cuarentena de acuerdo a las condiciones propias de cada tipo de producto, garantizando el estatus sanitario y fitosanitario de las importaciones y exportaciones.
Realizar seguimiento al estatus sanitario y fitosanitario de las importaciones de productos agropecuarios sometidas a procesos de cuarentena.
Realizar los procedimientos de inspección, vigilancia y control sanitario y fitosanitario en puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.
Emitir los conceptos y los certificados del estado sanitario y fitosanitario para las importaciones y exportaciones de productos agropecuarios, de acuerdo con las competencias del Instituto en la materia.
Solicitar a la Subgerencia de Análisis y Diagnóstico, el desarrollo de los análisis, diagnósticos y pruebas necesarios para el desarrollo de procesos de importación y exportación referidos al estatus sanitario competencia del Instituto.
Aplicar las medidas zoosanitarias y fitosanitarias que proceden ante la presencia o sospecha de plagas, enfermedades o factores de riesgo de importancia cuarentenaria, o que exceda los niveles tóxicos aceptados nacional o internacionalmente, en los materiales vegetales, animales y sus subproductos con destino a la exportación o en proceso de introducción al país.
Apoyar a la Subgerencia de Protección Fronteriza en el desarrollo de las actividades encaminadas a ejercer el control zoosanitario y fitosanitario de los medios de transporte que lleguen o ingresen al país, por vía marítima, fluvial, aérea o terrestre, y aplicar las medidas de prevención o control que se consideren necesarias.
Coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades de desnaturalización o destrucción de productos que no cumplen con los requisitos sanitarios y fitosanitarios.
Mantener un sistema de alerta sanitaria en - PAPF-, para prevenir el ingreso de plagas y enfermedades que afecten el estatus sanitario y fitosanitario del país.
Apoyar a la Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria en el proceso de expedición y difusión de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias necesarias para ejercer el control técnico en materia cuarentenaria.
Coordinar con la dependencia correspondiente el uso de estrategias de comunicación del riesgo en materia de inspección, vigilancia y control de las importaciones y exportaciones de animales y sus productos.
Coordinar con las demás dependencias del Instituto los asuntos de su competencia.
Responder por los programas o proyectos del Instituto que le competen a la Dirección Técnica.
Participar en la implementación, desarrollo y sostenimiento del Sistema de Gestión de la Calidad y del Modelo Estándar de Control Interno.
Presentar a la Subgerencia de Protección Fronteriza los informes que le sean solicitados.
Ejercer las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.