Artículo único. A partir del primero de abril del presente año la nomenclatura, el personal; y las asignaciones de la Zona de Carreteras Nacionales de Manizales, serán los siguientes: Dirección: Un, Ingeniero Jefe $ 1.100.00 Un Ingeniero Ayudante 800.00 Un Secretario 500.00 Cuatro Inspectores de Conservación, cada uno 340.00 Caja: Un Cajero Contador $ 450.00 Un Pagador Auxiliar 350.00 Una Mecanógrafa 150.00 Contabilidad y estadística: Un Contador General 400.00 Un Ayudante Contador 300.00 Un Jefe de Kárdex y.Estadística 300.00 Una Mecanógrafa 180.00 Almacén: Un Almacenista General 450.00 Un Subalinacenista 300.00 Un Contador de Almacén 300.00 Una Mecanógrafa 180.00 Sanidad: Un Médico Jefe 700 Un Farmacéutico 260.00 Un Oficial de Sanidad 150.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 1573 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1573 de 1950 · Por el cual se reorganizan la Zonas de Carreteras Nacionales de Manizales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.