Micelio

Artículo 74

Juicios De Que Conocen Los Consejos De Guerra

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la Unidad a que pertenezca el procesado hubiere de ponerse en marcha para otro lugar sin haberse terminado el juicio, el Comandante superior designará otro Juez militar para que lo termine. Igual procedimiento se observará para la segunda instancia, cuando haya de marchar dicho Comando superior.

Juicios de que conocen los Consejos de Guerra.

SECCIÓN 1ª.

Consejo de Guerra ordinario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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