°. Vigencia y derogatorias . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Los artículos 2.1.4.2.1., 2.1.4.2.2., y 2.1.4.2.3, de este decreto tendrán vigencia únicamente durante el periodo de cumplimiento de los acuerdos a los que se refiere el artículo 9° del Decreto número 870 de 2014.
Decreto 1565 de 2015 →Vigente
Artículo 2
Vigencia Y Derogatorias
Decreto 1565 de 2015 · por el cual se adiciona el Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la reglamentación del Fondo de Fomento Agropecuario.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.