Son funciones de la Sección de Comunicación Social
Elaborar estudios de opinión sobre atención al público en las dependencias de la Dirección General y de necesidades de información a nivel de funcionarios y de público en general;
Informar al público, a través de los medios de comunicación, sobre sus obligaciones tributarias y la forma de cumplirlas, la expedición de normas que deroguen, modifiquen o aclaren las disposiciones del régimen tributario y la manera de ajercer (sic) sus derechos;
Programar, en base al presupuesto asignado, el uso de los medios de comunicación social para la difusión de normas tributarias de interés general y de las obligaciones ciudadanas en materia tributaria;
Realizar programas de difusión tributaria mediante el uso de los medios de comunicación social;
Preparar editorialmente el material aprobado por la Sección de Relatoría y Consultas de la Subdirección Jurídica y los demás documentos que sea necesario publicar;
Promover la elaboración de trabajos científicos sobre aspectos tributarios;
Asesorar, a través del Jefe de la Oficina al Director General en la presentación de normas tributarias de interés general a la opinión nacional e internacional, y
Asistir a las Administraciones de Impuestos Nacionales en la ejecución de estudios de opinión y manejo adecuado de los medios de comunicación social.