Micelio

Artículo 2

Artículo 2°. Manual De Uso

Ley 2395 de 2024 · por medio de la cual se promueve el uso de la infraestructura deportiva, recreativa, de actividad física y cultural, de naturaleza pública, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Manual de uso. Dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación de la presente ley, los distritos y municipios deberán establecer un manual de uso de la infraestructura deportiva, recreativa y para la actividad física y/o cultural en su jurisdicción.

Parágrafo 1

. En ningún caso, las entidades territoriales podrán establecer en el manual de uso, o en cualquier otro documento, cobro o retribución alguna por el uso de la infraestructura deportiva, recreativa, de la actividad física y cultural de naturaleza pública, que realicen las escuelas y organismos de que trata la presente ley, en virtud de la función que desempeñan de interés público y social.

Parágrafo 2

Las entidades territoriales deberán establecer un criterio de priorización para los casos de personas, organismos deportivos, recreativos, de actividad física y las organizaciones culturales, de estratos socioeconómicos l, 2 y 3, que se encuentren en condición de discapacidad.

Parágrafo 3

Las escuelas y los organismos deportivos, recreativos, de actividad física y cultural, beneficiarias de la gratuidad de que trata la presente ley, en ningún caso podrán cobrar valor alguno a sus miembros, asociados o integrantes, por el uso, acceso o utilización de los espacios públicos catalogados como equipamientos deportivos, recreativos o para la actividad física y/o cultural, recibidos en préstamo temporal o definitivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2395 de 2024