Micelio

Artículo 10

Son Funciones De La División De Auditoria: A) Diseñar Y Ejecutar Previa Aprobación Del Jefe De La Oficina, Los Programas De Visitas De Inspección Y Control A Las Dependencias De La Dirección General De Aduanas Para Determinar El Debido Cumplimiento De Sus Funciones; B) Diseñar Y Ejecutar Previa Aprobación Del Jefe De La Oficina, Los Programas De Supervisión A Las Personas O Entidades Que Cuentan Con Inscripción, Autorización, Licencia O Permiso De La Dirección General De Aduanas Para Adelantar Actividades Que Se Encuentren Bajo Su Control O Vigilancia, Con El Fin De Determinar El Correcto Desarrollo De Sus Operaciones Aduaneras O Relacionadas Con Éstas; C) Diseñar Y Adelantar Programas De Auditoría A Los Usuarios Del Servicio Aduanero En Los Términos Establecidos Por La Dirección General De Aduanas; D) Diseñar Y Adelantar Previa Aprobación Del Jefe De La Oficina, Programas Para Fiscalizar La Administración De Los Recursos Físicos Y Financieros A Disposición De La Dirección General De Aduanas; E) Supervisar La Entrega De Oficinas, Subdirecciones Y Jefaturas Regionales De Aduana; F) Diseñar, Proponer Y Ejecutar, Previa Aprobación Del Jefe De La Oficina, Programas De Supervisión Y Control A La Cancelación Y Efectividad De Las Fianzas Y Garantías Constituidas Ante Todas Las Dependencias De La Dirección General De Aduanas; G) Estructurar, Proponer Y Operar, Previa Aprobación Del Jefe De La Oficina, Un Programa De Auditoría Permanente A Los Sistemas De Información De La Dirección General De Aduanas; H) Coordinar Las Actividades A Desarrollar Con Las Entidades, Gubernamentales Y Privadas, Que Participen En Las Labores De Auditoría A Las Dependencias De La Dirección General De Aduanas; I) Proyectar Programas De Control Que Deban Ser Ejecutados Por Las Oficinas Regionales De Control Y Supervisar El Cumplimiento De Los Que Se Lleven A Cabo En Esas Dependencias; J) Remitir A Las Autoridades Competentes Los Resultados De Investigaciones Adelantadas Para Que Se Profieran Las Actuaciones Del Caso; K) Crear Y Mantener Actualizado Un Sistema De Supervisión E Información Sobre Los Programas De Auditoría Desarrollados, Y L) Rendir Informes A La Jefatura De La Oficina Sobre El Resultado De Las Visitas Y Actividades Desarrolladas

Decreto 1644 de 1991 · por el cual se establece la estructura y se determinan las funciones de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 10. Son funciones de la División de Auditoria

a)

Diseñar y ejecutar previa aprobación del Jefe de la Oficina, los programas de visitas de inspección y control a las dependencias de la Dirección General de Aduanas para determinar el debido cumplimiento de sus funciones;

b)

Diseñar y ejecutar previa aprobación del Jefe de la Oficina, los programas de supervisión a las personas o entidades que cuentan con inscripción, autorización, licencia o permiso de la Dirección General de Aduanas para adelantar actividades que se encuentren bajo su control o vigilancia, con el fin de determinar el correcto desarrollo de sus operaciones aduaneras o relacionadas con éstas;

c)

Diseñar y adelantar programas de auditoría a los usuarios del servicio aduanero en los términos establecidos por la Dirección General de Aduanas;

d)

Diseñar y adelantar previa aprobación del Jefe de la Oficina, programas para fiscalizar la administración de los recursos físicos y financieros a disposición de la Dirección General de Aduanas;

e)

Supervisar la entrega de Oficinas, Subdirecciones y Jefaturas Regionales de Aduana;

f)

Diseñar, proponer y ejecutar, previa aprobación del Jefe de la Oficina, programas de supervisión y control a la cancelación y efectividad de las fianzas y garantías constituidas ante todas las dependencias de la Dirección General de Aduanas;

g)

Estructurar, proponer y operar, previa aprobación del Jefe de la Oficina, un programa de auditoría permanente a los sistemas de información de la Dirección General de Aduanas;

h)

Coordinar las actividades a desarrollar con las entidades, gubernamentales y privadas, que participen en las labores de auditoría a las dependencias de la Dirección General de Aduanas;

i)

Proyectar programas de control que deban ser ejecutados por las Oficinas Regionales de Control y supervisar el cumplimiento de los que se lleven a cabo en esas dependencias;

j)

Remitir a las autoridades competentes los resultados de investigaciones adelantadas para que se profieran las actuaciones del caso;

k)

Crear y mantener actualizado un sistema de supervisión e información sobre los programas de auditoría desarrollados, y

l)

Rendir informes a la Jefatura de la Oficina sobre el resultado de las visitas y actividades desarrolladas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1644 de 1991