Micelio

Artículo 35

Decreto 2542 de 1997 · por medio del cual se reglamenta el proceso de concesión de licencias para el establecimiento de operadores del servicio de Telefonía Pública Básica conmutada de Larga Distancia (TPBCLD) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Valor inicial de la Licencia. Fíjese el valor inicial de la licencia para el establecimiento de nuevos operadores de TPBCLD en la suma de ciento cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$150.000.000.00),suma que deberá ser consignada en la cuenta o cuentas que para tal efecto designe el Ministerio de Comunicaciones Fondo de Comunicaciones y que deberá ser pagada en los términos y condiciones previstos en el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2542 de 1997