Micelio

Artículo 9

Ley 80 de 1910 · Que adiciona y reforma las de elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la elección de Senadores se establecen las siguientes Circunscripciones:

Antioquia, compuesta de los Departamentos de Antioquia y Caldas, con cabecera en Medellín.

Bolívar, compuesta de los Departamentos de Bolívar, Atlántico y Magdalena, con cabecera en Cartagena.

Boyacá, compuesta del Departamento de Boyacá, con cabecera en Tunja.

Cauca compuesta de los Departamentos del Cauca, Nariño y el Valle, con cabecera en Popayán.

Cundinamarca, compuesta del Departamento de Cundinamarca, con cabecera en Bogotá.

Panamá, compuesta del Departamento de Panamá, con cabecera en Panamá.

Santander, compuesta de los Departamentos de Santander y Norte de Santander, con cabecera en Bucaramanga; y Tolima, compuesta de los Departamentos del Tolima y Huila, con cabecera en Ibagué.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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