Comunicación y publicación . El Incoder publicará en un diario de circulación nacional y en su página de Internet el listado de las solicitudes declaradas elegibles con su respectiva calificación en orden descendente, de acuerdo con el puntaje obtenido en cada caso. El Instituto también comunicará la elegibilidad y la calificación de las solicitudes a los aspirantes interesados por el medio de comunicación más expedito. El informe de calificación de los proyectos elegibles en ningún caso puede entenderse como el otorgamiento de una calificación final o como una garantía de que los proyectos revisados obtendrán el derecho a recibir el apoyo económico correspondiente, toda vez que tal situación se definirá una vez concluya la etapa de evaluación, calificación, selección de proyectos productivos y adjudicación oficial del subsidio.
Decreto 4984 de 2007 →Vigente
Artículo 22
Comunicación Y Publicación
Decreto 4984 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1152 de 2007 en lo relacionado con el subsidio para compra de tierras, se establecen los procedimientos operativos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.